Órganos Fiscales en México
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¿Qué es una Multa Fiscal?

Es una sanción económica que impone la autoridad fiscal al contribuyente con fundamento en la ley, cuando no cumple de manera voluntaria o espontánea con las obligaciones fiscales o por cumplir incorrectamente.

¿Por qué me pueden Multar?

Existen diversas causas por las que la autoridad fiscal te podrá imponer multas, y ello depende de la obligación que dejó de cumplir o cumplió incorrectamente; entre otras, se encuentran las siguientes:

a) Las relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes

No haber solicitado la inscripción en el RFC, o hacerlo extemporáneamente.

No presentar solicitud de inscripción a nombre de un tercero cuando esté obligado a ello, o hacerlo extemporáneamente.

No presentar los avisos de cambio de su situación fiscal o hacerlo extemporáneamente; por ejemplo: no dar aviso de cambio de domicilio fiscal, de aumento de obligaciones, de apertura de establecimientos, entre otros.

No anotar el RFC o utilizar uno que no le haya asignado la autoridad fiscal en las declaraciones, avisos, solicitudes y escritos que presente ante el Servicio de Administración Tributaria.

Autorizar actas constitutivas de fusión, escisión o liquidación de personas morales, sin que se esté inscrito en el RFC.

Señalar un domicilio fiscal que no le corresponda para efectosdel RFC.

No anotar o asentar incorrectamente el RFC de los socios o accionistas en las actas de asamblea o en los libros de socios o accionistas.

No verificar que el RFC se anote en los documentos señalados en el punto anterior, cuando los socios o accionistas no acudan  a la constitución de la sociedad o a la protocolización del acta.

b) Las relacionadas con el pago de contribuciones, presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias:

No presentar declaraciones, solicitudes, avisos o constancias a las que esté obligado, o presentarlas a requerimiento de la autoridad fiscal.

No presentar declaraciones, solicitudes, avisos o constancias en los medios electrónicos a que esté obligado, o presentarlas sólo a requerimiento de la autoridad fiscal.

No cumplir con los requerimientos de la autoridad fiscal para que presente documentos o medios electrónicos o que lo haga fuera de los plazos establecidos.

Presentar declaraciones, solicitudes, avisos o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta de lo señalado por las disposiciones fiscales; o bien, que las presente con las irregularidades anteriores a través de medios electrónicos.

No pagar las contribuciones dentro del plazo establecido por las disposiciones fiscales.

No efectuar pagos provisionales dentro de los plazos establecidos por las disposiciones fiscales.

No proporcionar información de las personas a las que hubiera pagado alguna cantidad por concepto de crédito al salario o presentarla fuera del plazo establecido por las disposiciones fiscales.

No presentar el aviso de cambio de domicilio o presentarlo fuera del plazo establecido en el reglamento del Código Fiscal de la Federación.

No presentar la información en la que manifieste las razones por las cuales no se realiza el pago del impuesto o si obtuvo saldo a favor.

No presentar la información prevista en las leyes del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos y del impuesto especial sobre producción y servicios.

Si es impresor autorizado de comprobantes fiscales, no presentar dentro de los plazos establecidos la información sobre sus clientes que le soliciten la impresión de comprobantes fiscales, o presentarla incorrectamente o con errores.

No presentar la información de las personas a quienes les haya otorgado donativos.

No proporcionar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, la información sobre las personas a las que les hubiese retenido el impuesto al valor agregado.

No proporcionar la información del interés real pagado por el contribuyente en el ejercicio de que se trate por créditos hipotecarios.

No proporcionar la constancia en la que se señale el monto nominal y el real de los intereses pagados; o en su caso, la pérdida determinada y las retenciones efectuadas, correspondientes al ejercicio inmediato anterior.

No proporcionar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores.

c) Las relacionadas con la obligación de llevar contabilidad:

No llevar contabilidad.

No llevar algún libro o registro especial de sus operaciones.

Llevar la contabilidad en forma distinta de la que establece el Código Fiscal de la Federación, o llevarla en un lugar distinto al que señalan las disposiciones fiscales.

No hacer los asientos o registros correspondientes, realizarlos fuera del plazo o que estén incompletos o inexactos.

No conservar la contabilidad por el plazo de cinco años.

No expedir o no entregar comprobantes por sus actividades, con los requisitos fiscales.

No dictaminar sus estados financieros o no presentar dicho dictamen dentro del plazo que establecen las disposiciones fiscales.

No tener en operación o no registrar el valor de los actos o actividades con el público en general en las máquinas registradoras de comprobación fiscal, o en los equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal.

¿Qué autoridades fiscales pueden imponerle multas y cómo se deben notificar?

Cuando te impongan multas por haber cometido alguna infracción fiscal, te deberán notificar y entregar un documento o resolución mediante la cual te indiquen, entre otros datos, la infracción cometida, el monto de la multa, y el artículo o disposición legal que se ha violado.

Dicha resolución deberá emitirse por alguna de las siguientes unidades del Servicio de Administración Tributaria que imponga la sanción según su competencia:

  1. Administración General de Recaudación
  2. Administración General de Auditoría Fiscal Federal
  3. Administración General Jurídica
  4. Administración General de Aduanas
  5. Administración Local de Recaudación
  6. Administración Local Jurídica
  7. Administración Local de Auditoría Fiscal Federal
  8. Las Aduanas
  9. Administración General de Grandes Contribuyentes
  10. Administración Regional de Grandes Contribuyentes

También podrán imponerte multas las entidades federativas o el Distrito Federal cuando hayan firmado con el SAT convenios de colaboración en materia fiscal.

¿Puedo solicitar la condonación de multas?

Claro que Sí. Cuando se te hayan impuesto multas tienes derecho a solicitar que sean condonadas ante la autoridad competente. Dicha autoridad podrá o no autorizarlo; para ello apreciará discrecionalmente las circunstancias del caso y los motivos por los que se impuso la sanción.

Para que puedas solicitar la condonación de una multa es necesario que ésta haya quedado firme; es decir, que ya no se pueda interponer ningún medio de defensa o de impugnación contra la resolución de la autoridad que la impuso.

La  solicitud la deberás dirigir a  la Administración Local Jurídica o a la Administración Regional de Grandes Contribuyentes que te corresponda según su domicilio fiscal. Así mismo la autoridad tiene 3 meses para emitir respuesta a la solicitud de condonación.

¿Defensa fiscal?

Es muy común que los contribuyentes de manera involuntaria interpreten de manera equivoca las leyes fiscales, o en su caso que exista desconocimiento de las mismas por falta de difusión, que pueden ocasionar pagos erróneos de las contribuciones a su cargo, lo que origina infracciones contempladas en ley las cuales son sancionadas con multas excesivas por parte de la autoridad y que afectan considerablemente el patrimonio de los entes económicos (persona física o moral).

En el caso de que una autoridad fiscal te haya impuesto una multa, podemos detener el curso de la misma e interponer los Medios de Defensa pertinentes a favor del contribuyente a través de Multiasesoría. Te brindamos un excelente servicio de Defensa Fiscal, con la seguridad de que pelearemos hasta el último recurso legal con la finalidad de obligar a las autoridades fiscales a que respeten tus derechos como contribuyented e acuerdo al principio de legalidad establecido en nuestra piedra angular; la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que el autoritarismo en México no debe existir.

 

 
 
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