COMPROBANTES FISCALES Es importante que el contribuyente que pagó por un bien o servicio cuente con un comprobante por la transacción que efectuó, ya que le permitirá disminuir ese gasto de sus ingresos (a esto se llama deducción) o disminuir del iva que se tiene a cargo el impuesto pagado al incurrir en esos gastos, o bien el cobrado a los clientes al vender (esto es el acreditamiento).
Por eso debe exigir que le entreguen un comprobante que tenga efectos fiscales. Para el contribuyente que enajene bienes o preste servicios es el medio por el cual puede comprobar los ingresos que percibe, y debe ser su fuente de información al momento de calcular el pago de sus impuestos. Para que se le pueda denominar comprobante para efectos fiscales, el comprobante debe reunir la serie de requisitos y características que marca la legislación fiscal vigente.
ES UNA INFRACCION
NO EXPEDIR COMPROBANTES FISCALES
Como se trata de una obligación establecida en las disposiciones fiscales, los contribuyentes tienen la responsabilidad de cumplir con la misma; en caso de no hacerlo traería como consecuencia que el adquirente del bien o servicio no pueda deducir el gasto.
Con la finalidad de garantizar y dotar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes en materia de comprobantes fiscales, la omisión o el incumplimiento de las disposiciones fiscales es una infracción que trae aparejada la aplicación de una sanción. Las infracciones relacionadas con la emisión de comprobantes fiscales son las que se enuncian a continuación siempre y cuando sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales correspondientes.
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¡¡Cuidado!!
Tus clientes pueden denunciarte por no expedir comprobantes fiscales en el portal del SAT. Da Click en la Imagen.
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Infracciones (artículo 83 del CFF) No expedir o acompañar la documentación que ampare mercancías en transporte en territorio nacional. No expedir o no entregar comprobante de sus actividades cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin requisitos fiscales.
No cumplir con los requisitos señalados para la expedición de los comprobantes que amparen donativos y expedir dichos comprobantes. Expedir comprobantes fiscales asentando nombre, denominación, razón social o domicilio de persona distinta a la que adquiere el bien, contrate el uso o goce temporal de bienes o el uso de servicios.
Descarga el folleto que el SAT emitio sobre los comprobantes fiscales dando click en la siguiente imágen:
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